sábado, 21 de abril de 2012

226 Geopolítica (Argentina)


Año I – Primera Edición – Editorial: 00000226 [1]



El Cisne Negro [2]
El Diario Digital de la Historia y de la Geopolítica
Viernes 20 de Abril de 2.012.





Un Fallo Salomónico 
Por Rubén Vicente

Su magestad, el tecer monarca del Imperio de Jezrell (Israel), Salomón I Elohim (a) El Magnánimo (a) El Rey Salomón, no sólo fue el constructor de El Templo de Jehová de Jerusalén (El Templo de Salomón), sino que además, ha quedado en la historia por la prudencia de sus decisiones de carácter judicial (léase: los fallos salomónicos). 

El más famoso de todos ellos fue aquél en el que resolvió una controversia suscitada por dos mujeres que se autoproclamaban madres del mismo niño varón. El Rey Salomón escuchó con gran atención sus argumentos, preguntándoles y repreguntándoles cuanto consideraba necesario para llegar a una convicción, que fuera la base de conocimiento de la decisión que debía tomar, reconociendo la maternidad legal de una mujer, y negándosela a la otra, independientemente del vínculo biológico que hubiere que, por otra parte, era ciertamente incomprobable, porque no existía el análisis de adn, obvio. 

Y emitió una sentencia interlocutoria, en cuya virtud ordenó que el niño fuera partido al medio, repatiéndose  las mitades del cadaver entre las dos mujeres (sic). La que en realidad no era la madre, estuvo de acuerdo con el fallo salomónico, pero la madre de verdad estalló en llanto y le rogó a Jehová que El Rey Salomón modificara su decisión, disponiendo que el niño fuera tenido como hijo de su rival, nada más que para evitar que fuera ejecutado, siendo un inocente de toda inocencia. Y sabemos por la Biblia que Salmón formuló un fallo definitivo, reconociendo como madre legal del niño a la llorona piadosa. 

En otras palabras, el mensaje bíblico es que, a veces, hay que simular que se hace injusticia teórica, para que se generen las condiciones prácticas para que se haga justicia en forma sólo aparentemente espontánea, cuando en realidad, no se ha hecho más que justicia a la fuerza o, si se prefiere, se ha forzado la justicia. 

Varios siglos más tarde, Platón definió a la justicia como la virtud que hacía que cada uno haga lo que le corresponde (léase: la justicia conmutativa), mientras su mejor alumno (Aristóteles) lo contradijo, afirmando que la justicia implica que a cada uno le sea dado lo que le corresponde (léase: la justicia distributiva).  

No, digo todo esto porque, en cierta forma, el tema de los embriones requiere un fallo salomónico, porque hay un óvulo y un espermatozoide que se unen para formar una célula huevo (la cigota), a partir de lo cual, el derecho vigente considera que se ha gestado una persona por nacer que, sin embargo, por aplicación del sistema de inseminación artificial, es retirado del seno materno mediante una intervención quirúrgica, que permite, no obstante, mantener al embrión con vida en forma artificial, sembrándolo por así decirlo en otro vientre materno, distinto a aquel en el que tuvo lugar la concepción, que no es el de la progenitora, sino el de otra fémina, para que allí prosiga el embarazo hasta el parto, existiendo en consecuencia dos mujeres que podrían proclamarse madres de la misma criatura recién nacida.

¿De quién es el bebé? ¿De la progenitora o de la gestadora? ¿Y es persona por nacer el embrión almacenado en la probeta y mantenido con vida de manera artíficial? Me tienta el intríngulis. Me sale el abogado que llevo adentro. Me encataría tener la sabiduría de El Rey Salomón. 

Yo digo que ley civil futura debe estatuir la obligación de que el chico tenga pleno acceso, absolutamente irrestricto, a la toda información vinculada con la persona de sus progenitores, para preservar su derecho a la identidad. 

Y digo que un embrión de probeta es tan persona como un adulto descerebrado, de modo tal que, quien extinga su vida sin fundamento, comete homicidio calificado, por el agravante de la prodición (léase: creerse dueño de la vida y de la muerte ajena). 

Por eso me extraña sobre manera que el presidente de la corte suprema de justicia de la nación, Dr. Juan Carlos Lorenzetti, diga que no hay nada legislado (sic) respecto de estas dos cuestiones vitales para la ciudadanía de este país, sea argentina o extranjera, domiciliada o en tránsito, claro está. 

Creo que quien administre un banco de embriones debe garantizarle a la sociedad toda que los mismos no serán tirados a la basura (léase: matados) y que hará todo cuanto sea posible a fin de implantar esos embriones en un veintre materno en el menor tiempo también posible, debiendo ser esas dos garantías completa y precisamente legisladas, de los puntos de vista civil, comercial, administrativo y criminal. 

Y creo que, para ayer, Cristina debería elaborar un dnu para suplir las eventuales demoras de la escribanía del gobierno kirchnerista, porque esta cuestión crítica, están en juego los derechos humanos, el estado de derecho y la democracia constitucional, aunque no se trate del aumento de los precios de la canasta básica o de la inserguridad ciudadana, que también son temas que no admiten dilaciones. No sé si soy claro. 

Y si me dijeran, que estoy muy equivocado, respondería que veremos, veremos y pronto lo sabremos.


[1] La libre expresión y la segura circulación de la información contenida en el presente documento se halla jurídicamente garantizada por la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 (Art. 19), la Constitución Nacional de la República Argentina de 1995 (Art. 14),  la Ley Nacional N° 26.032 de 2005 y el Código Penal de la Nación (Arts. 153 y 155).

[2] Para uno de Los Siete Grandes Sabios de Grecia (Solón) El Cisne Negro es la alegoría de un hecho que es teóricamente posible, pero que todos creen que es prácticamente improbable, pues si ocurriera sería catastrófico.

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