miércoles, 13 de febrero de 2013

497 Historia (Francia)




Año II – Primera Edición – Editorial: 00000497 [1]

El Cisne Negro [2]
El Diario Digital de la Historia y de la Geopolítica
Miércoles 13 de Febrero de 2.013.


 

El Diario de la Revolución XV
Por Rubén Vicente

El sábado quince de agosto de 1789, con un calor de cagarse, su alteza, el duque de Copet, como así también, principal accionista minoritario (33%) del Thoulsson, Verne und Necker Bank AG de Ginebra y, a la vez, ex primer ministro y flamante ministro de finanzas del gobierno revolucionario de su majestad, Gn. Mcl. RW ® Dr. Matias Jacques Necker (a) El Suizo (a) Juan Manuel Abal Medina (h) (a) Tengo un Plan (64), se presentó ante la asamblea nacional francesa (léase: el parlamento imperial revolucionario).

El objetivo de Necker era someter a consideración de la misma, sencillamente, El Plan Necker que, básicamente, comenzaría a ejecutarse con una medida de previo y especial pronunciamiento, que fue aceptada por la mayoría, como era la declaración oficial de la bancarrota nacional, y de la consecuente suspensión del pago de los servicios de la deuda pública (interior y exterior), es decir, de el quinto default francés en lo que iba del siglo dieciocho (léase: el siglo de las luces).

Como contrapartida de semejante declaración política, El Plan Necker implicaría la emisión de una descomunal partida de nuevos francos franceses, que serían de curso legal y forzoso, pero que carecerán, en absoluto, de respaldo en gemas o en metálico (léase: el papel pintado = los patacones = los asignados = les assignes), ya que El Diamante Regente, sencillamente, era la garantía prendaria que deberá ofrecer Francia para poder negociar, cuando estuvieran dadas las condiciones, una moratoria nacional (léase: el crédito stand by), con los principales acreedores que eran, justamente, los propietarios del banco de Los Necker, claro está. [3]

Bajo semejante comprensión, serán emitidos nuevos francos franceses sin respaldo en nada (léase: los asignados), por un monto total equivalente en febrero de dos mil trece a la friolera de ciento cincuenta billones de dólares (150 BD´s). ¿Qué? [4]

Esa cifra, tan sideral como inédita en la historia universal, equivalía a cincuenta y cinco veces el producto bruto imperial francés del año mil setecientos ochenta y ocho (55).

Bajo esa comprensión, estaba bien claro que Francia, sencillamente, se había vuelto completamente loca de remate, como en los mejores tiempos del mentor del primer default galo (léase: John Law (a) El Excocés - 1720), pero también, que el precio que debería pagar por ese sexto festival monetario implicaría:

1) La pérdida definitiva de El Diamante Regente;

2) La pérdida definitiva del gran reino francés de ultramar (La Nueva Francia = Melanesia, Polinesia, Sarawak, Indochina, Madrás, Senegal, La Guayana Francesa, Las Antillas, Haití y La Luissiana);

3) La pérdida definitiva de la influencia francesa sobre todo el imperio español;

4) La pérdida definitiva de la posición francesa de primera potencia del sacro imperio;

5) La pérdida definitiva de la influencia geopolítica francesa en el mundo entero (orbis), quedando reducida a la más que dignísima condición de pasar a ser, nada más ni nada menos, que la segunda potencia mundial, pero iniciando, coetáneamente, el larguísimo proceso histórico de la dacadencia, del ocaso y de la extención;

6) La hiperinflación, la hiperrescesión y el hiperdesempleo (léase: la stagflación); y

7) La esclavitud eterna de la deuda externa, por lo menos, durante los próximos doscientos años (200), y nada más, claro está (1789-1989).

Y todo por la maldita revolución francesa que, para colmo de males, estaba a punto de fracasar estrepitosamente, no sólo por La Segunda Batalla de París (léase: La Batalla del Sena), sino también, por La Guerra de la Vandée, claro está.

Bajo esa comprensión, la única conclusión posible era: Mon Dieu avec la révolution de merde.

Al día siguiente de la entrada en vigencia de El Plan Necker, su alteza, la duquesa de L´ Isle, Mme. Cristine Remugnan (33), abdicó sus bienes patrimoniales y su título de baja nobleza (léase: la hidalguía) a favor de su marido, es decir, del director de la banda de música de La Guanición Militar de Marsella (GMM), de cuerpo francés (l´ armée) del ejército sacro imperial (das reich wehrmatch), Myr. RW Ing. Claude Joseph Rouget (a) El Musicólogo (40) quien, desde entonces, comienzó a firmar toda su documentación (privada y pública), bajo su nuevo nombre nobiliario de Rouget de L´ Isle. [5]

Al otro día, la asamblea nacional (el parlamento imperial revolucionario), aprobó y, a la vez, oficializó un documento doctrinario, titulado con el nombre de La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, que era el manifiesto periodístico judío del dario La Humanidad de París (léase: L´ Humanité).

A su respecto, procede destacar que, justamente, era una declaración (sic) y, por ende, un conjunto de fines políticamente consagrados con rango constitucional, esto es, un conjunto de preceptos programáticos que, para convertirse en normas jurídicas, requerirían una reglamentación legal, que las convirtiera en normas jurídicamente operativas, es decir, de cumplimiento obligatorio, tanto para el gobierno como para la justicia. Mientras ello no sucediera, estaría todo muy lindo pero, en la práctica, sencillamente, estabamos exactamente igual que antes y no pasó nada, claro está. Conste.

Consecuentemente, al concluir el mes de agosto, teníamos La Batalla del Sena y La Guerra de la Vandée (léase: un bolonqui infernal), pero también,  teníamos El Plan Necker (léase: la guita) y La Declaración de Derechos (léase: las reglas de juego); es decir, dos de cal y dos de arena. ¿Verdad?

Por eso, durante el mes de septiembre, los municipios autárcicos (léase: las comunas) comenzaron a ser cooptadas por los sin calzón (les sans culotes = la masa urbana = el lumpen = las guardias rojas), que las convirtieron en la nuevas comunas revolucionarias.

Éstas estructuraban sus propias organizaciones paramilitares (léase: las autodefensas armadas = las milicias de los indigentes = las patrullas de los miserables = las guardias revolucionarias), que salían a los campos, para tomar el control de los establecimientos, con el propósito de saquear los graneros privados; de liberar a los peones esclavos (los juanes = los juanos = los chuanes = les chuans) y de sumarlos, pero como hombres libres (léase: los manumitidos de hecho = los libertos de facto = los labradores) de el ejército de la rabia rural (l´ armée des enragés).

Y se sumaron decenas de miles, por razones de supervivencia (personal y familiar), los capataces y los administradores de tales haciendas rurales (los terratenientes = los campesinos), que finguiron unirse a la revuelta generalizada, posicionándose habilmente como una suerte de suboficiales de esas tropas insurgentes, ahora compuestas por los sans culotes, por los chuanes y por los campesinos (léase: los rabiosos).

Lo propio ocurría con la pequeña burguesía de los centros urbanos, que convirtió al ejército de los rabiosos en un auténtico ejército popular del Sena, que era absolutamente informal y descentralizado (léase: desorganizado), pero que, al fin y al cabo, era el ejército del verdadero pueblo francés (léase: l´ armée de le vrai peuple francaise), qué tanto joder.

A partir de entonces, la táctica insurgente dirigió sus objetivos hacia la toma del control (to take over) de las fortalezas militares y, sobre todo, de El Puerto de Le Havre, que era el principal de Francia (La France) y, también, de todo el gran imperio francés (le plus grand france), que era la primera potencia mundial, claro está.

En otras palabras, ya iban teniendo los campos y las ciudades, las fortalezas y los puertos. Dicho de otro modo, iban teniendo todo esos malditos de la revolución francesa. ¿Verdad?

Y si me dijeran que estoy muy equivocado, respondería que veremos, veremos y pronto lo sabremos.




[1] La libre expresión y la segura circulación de la información contenida en el presente documento se halla jurídicamente garantizada por la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 (Art. 19), la Constitución Nacional de la República Argentina de 1995 (Art. 14),  la Ley Nacional N° 26.032 de 2005 y el Código Penal de la Nación (Arts. 153 y 155).

[2] Para uno de Los Siete Grandes Sabios de Grecia (Solón) El Cisne Negro es un hecho teóricamente posible que todos creen que es prácticamente improbable, pues si ocurriera sería castastrófico.

[3] El Diamante Regente era la gema más grande del mundo entero (orbis). La priedra preciosa había sido extraída hacía décadas de un yacimiento de La India Francesa, y había sido cortado, pulido y facetado por artesanos ashkenazíes de la ciudad bélga de Amberes. Era la principal joya de la corona imperial francesa, y pesaba más cuarenta kilos (40). En la actualidad, su valor se estima en cinco mil cuatrocientos millones de dólares (5,4 MMD´s = 0,005 BD´s). Consecuentemente, El Diamante Regente podía servir, a lo sumo, para garantizar un crédito stand by de la mitad de ese monto (50%), es decir, un crédito puente de dos mil setecientos millones de dólares (2,7 MMD´s), equivalente a una mierdita, digna de Mali, pero no de Francia, obvio. Right?

[4] Esa suma es exactamente igual a la totalidad de los instrumentos monetarios nominados en dólares que circulan en la actualidad en todo el mundo (orbis), bajo la forma de billetes, letras, acciones y bonos. Conste.

[5] El 20 de abril de 1792 se declaró en París la guerra a Austria. Cuando el alcalde de Estrasburgo, supo la noticia, invitó a cenar a su casa a un grupo de oficiales, en la noche del 24 del mismo mes. En este grupo de oficiales se encontraba El Duque de l´ Isle. En esa reunión, el alcalde le pidió que creara un himno patriótico para el acontecimiento que celebraban. Rouget de Lisle compuso dicho himno y le dio el título de Chant de Guerre pour L'Armée du Rhin (léase: Canto de Guerra para el Ejército del Rin), que luego El General Nonaparte adoptaría como el himno del ejército francés en campaña, y que posteriormente sería convertido en El Himno Nacional Francés por el parlamento nacional galo (léase: La Marsellesa). Conste.

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