El Diario Digital de la Historia y de la Geopolítica
Sábado 29 de Septiembre de 2.012.
El
Derecho de Pernada III
Por Rubén Vicente
Desde
La Segunda Diáspora (70 d.C.), los judíos del cercano oriente (léase: los
semitas = los morochos = los sefaradíes) se empezaron a desperdigar en todos
los proconsulados del imperio romano.
En
el año 212 d.C. se les reconoció, igual que todos los habitantes del imperio,
fueran o no fueran romanos, justamente, la ciudadanía romana.
Desde
entonces, los sefaradíes de los proconsulados del norte (Escandinavia,
Panonia, Germania, Galia y Britania), empezaron a casar suscesivamente a sus
hijas con hombres arios, ricos, cultos, prestigiosos e influyentes (léase: los
magnates romanos = los plebeyos), surgiendo con el paso de las generaciones,
los judíos blancos, rosados, rubios de ojos azules (léase: los judíos arios
= los judíos europeos = los ashkenazíes).
Muchísimos
askenazíes se bautizaron en la religión verdadera (léase: el catolicismo
apostólico romano), nada más que para que se les permitiera participar en las
cruzadas (1096-1271).
A
diferencia de los cruzados, los ashkenazíes que participaban en las cruzadas,
llevaron consigo a sus mujeres y a sus hijos de ambos sexos, con la esperanza
de que los dejaran volver a residir definitivamente en La Tierra Ancestral
(léase: La Tierra Santa = Eretz).
Y
no pocos askenazíes vieron en la institución sagrada cristiana de la pernada y
en el derecho de pernada de ella derivado, una magnífica forma de
encumbramiento social (léase: el status), pasando a integrar, nada más ni nada
menos, que la comunidad de la sangre sagrada (léase: le sangue graal =
el santo grial = la nobleza europea), pero del reino latino de Jerusalén
(léase: Ultramar = Oltremere). [3]
Luego
del final de las cruzadas (1271), la mayoría de esos judíos askenazíes
conversos al cristianismo (los marranos) y enoblecidos por la pernada,
regresaron a Europa, buscando la legitimación de su condición nobiliaria,
mediante la negociación con el poder feudal (eclesiástico o militar), del
otorgamiento de algún titulo de nobleza, aunque fuera de la pequeña nobleza
(la hidalguía), es decir, de duque, de conde, de barón, de marqués o de
príncipe, lo mismo les daba.
Pero
como la validez teológica de la institución sagrada de la pernada, y del
derecho de pernada de ella derivado, había sido declarada nula de nulidad
absoluta, por más que biológicamente ellos fueran miembros de la
nobleza europea, desde los puntos de vista teológico, político y jurídico, lo
cierto fue esa condición no les daba a los marranos el derecho de
poseer tierras, ni castillos, ni armas, ni de gobernar ningún señorío. En una
palabra, los cagaron mal.
Es
curioso, pero obsérvese que, como dijimos en el artículo precedente, tanto la
nobleza militar como la eclesiástica siguió recristianizando Europ,a una y otra
vez, como si nada hubiera pasado, pero a la vez, segregando a los nobles
de origen ashenazí de los derechos inherentes a su condición (léase: el
apartamiento = the apartheid = el racismo).
Por
eso, la mayor parte de los nobles cristianos de origen ashkenazí (los marranos),
sencillamente, abjuraron de su cristismo, para reconvertirse nuevamente al
yavismo, es decir, volvieron a ser tan judíos como sus antiguos ancestros,
pero, en su propia mitología, entre ellos mismos, siguieron creyéndose miembros
de la nobleza europea. [4]
Y
fue entonces, cuando se empezó a imponer gradualmente, nada más ni nada menos,
que la pernada judía, y el derecho de pernada judío, dentro de
las comunidades yavistas (léase: las juderías europeas = los guetos), surgiendo
una suerte de casta orgullosa de ser descendiente directa por
consaguinidad (léase; el parendezco agnaticio) de Salomé III Coatas (a)
La Nieta de Herodes El Grande (a) María de Magdala (a) María Magdalena (a) La
Segunda Esposa de Jesús de Nazareth, es decir, de pertenecer a la nobleza
judía, o algo por el estilo, claro está.
Para
la época de El Renacimiento (1410-1492), muchos nobles cristianos, gobernantes
en los cantones suizos y en las repúblicas lombardas, contrajeron matrimonio
con mujeres que eran miembros de la nobleza judía, y dejaron que ellas siguieran
profesando libremente su religión yavista en el ámbito intra familiar, como así
también, que hicieran circuncidar a sus vástagos varones y les enseñaran a sus
hijos, supuestamente cristianos, el hebreo, el idish y la torah, que en
las propias juderías no podían ser enseñadas por mujeres.
Y
muchos de esos varones judeo-cristianos se plegaron, como judíos, a la reforma
protestante del siglo dieciseis, en el norte de Europa, sobre todo, en
los países calvinistas, y no tanto en los luteranos, porque Lutero les echó
flit a los judíos, fueran sinceros, o haya fingido la conversión al
cristianismo para evitar la segregación, no racial, sino religiosa, y así
pasarla bien.
Así
que, para mediados del siglo dieciseis (el siglo de la reforma protestante), la
institución sagrada de la pernada y el derecho de pernada de ella derivado, ya
se había extendido por todo el mundo católico, por todo el mundo musulmán y por
todo el mundo judío, desde El Indo hasta Gibraltar, aunque dentro del
cristianismo haya sido teológicamente declarado nulo de nulidad absoluta, y
nada más.
Y
si me dijeran que estoy muy equivocado, respondería que veremos, veremos y pronto lo
sabremos.
[1] La libre expresión y la segura circulación de la
información contenida en el presente documento se halla jurídicamente
garantizada por la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 (Art.
19), la Constitución Nacional de la República Argentina de 1995 (Art. 14), la Ley Nacional N° 26.032 de 2005 y el Código
Penal de la Nación (Arts. 153 y 155).
[2] Para uno de
Los Siete Grandes Sabios de Grecia (Solón) El
Cisne Negro es la alegoría de un hecho que es teóricamente posible, pero
que todos creen que es prácticamente improbable, pues si ocurriera sería
catastrófico.
[3] En el nombre de El Reino
Latino de Jerusalén se incluye la palabra latino, como sinónimo de romano, pero
también, de católico apostólico romano. Conste.
[4] Todo mito es una
creencia profundamente arraigada en el alma de un individuo, de un grupo de
individuos o de la totalidad de los individuos (varones, mujeres, niños y
ancianos), que no está fundada una base racional. Por ello, todo mito
es, básicamente, una manifestación de la superstición. Y así hay una
mitología, que no es sólo la crencia en los dioses, sino más bien, en
cualquier cosa en la que se pueda llegar a creer sincera y fervientemente. Toda
la idea de la nobleza europea descanza,
en definitiva, en el mito de la descendencia europea de la unión sagrada
de Jesús de Nazareth y María Magdalena. Y la creencia de que la nobleza eurpea
de los cristianos nuevos (los marranos), reconvertidos al yavismo, no
les hizo perder a los judíos su condición nobiliaria, aunque no se les
reconociera el título correspondiente a esa condición, ni las prerrogativas de ella derivadas, es un
mito de valor semejante al que anima la creencia cristiana de la nobleza
europea, pues lo decisivo en todo mito, es que el mismo determina, dirige y
direcciona la conducta de las personas y de los grupos que le rinden
culto a ese mito, es decir, que integran a su acervo cultural ese mito.
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