El Diario Digital de la Historia y de la Geopolítica
Lunes 10 de Junio de 2.013.
El Nacionalismo Argentino I
Por Rubén Vicente
Para comprender cabalmente lo que es el nacionalismo argentino, comenzemos por explicar que, antes de él, existía El Sacro Imperio Romano de la Nación Alemana (léase: La Gran Alemania = Das Reich = El Imperio de los Mil Años = 800-1815 = El Nuevo Israel = La Gran Leitania = La Europa Cristiana = La Primera Proto Unión Europea), que se extinguió por decreto de El Congreso de Viena de 1815. [3] y [4]
La idea dominante después de 1815,
era agrupar a los individuos (los varones, las mujeres, los niños y los
ancianos) en base a las condiciones étnicas, es decir, por su teluria,
por su raza, por su idioma y por su religión. [5]
De esa manera, en cada territorio
estatal, existía una población, donde la mayoría de sus miembros
componentes compartían las mismas condiciones étnicas; mientras
coexistían en dichas poblaciones individuos determinados por otras
condiciones telúricas, raciales, linguísticas y religiosas (léase: las
minorías).
Y la realidad de 1815 demostraba
que varios estados europeos estaban gobernados por las minorías extranjeras,
y no por las mayorías nacionales.
Por eso, a partir de ese año,
comenzaron a publicarse obras filosóficas que exaltaban la condición étnica
como el factor de cohesión de los individuos, surgiendo la distinción,
dentro de la población de cada estado europeo, entre los nacionales y los extranjeros;
proponiéndose la inversión de la ecuación política, sustituyendo en el
poder a las minorías extranjeras por el de las mayorías nacionales.
Sobre esa base filosófica, se
comenzó a definir qué es ser ruso, escandinavo, germano, británico,
francés, italiano, español, portugués, etc.. Y se concluyó que ese ser
implica la pertenencia del individuo a un determinado grupo étnico, pero
sólo en la medida en que ese grupo étnico haya bregado con éxito para
lograr la autodeterminación política, tanto interna como externa.
Entonces, ser miembro de la
nación, no es algo que dependa del inviduo, sino más bien, de sus condiciones
telúricas, raciales, linguísticas y religiosas; y quien no gozara de esas
condiciones, no era miembro de la
nación, y no tenía derecho a gobernarla.
Pero cuando esa concepción política
fue plasmada en el campo de las leyes, fue formulada otra distinción, de
carácter exclusivamente jurídica, porque se concibieron tres categorías
de integrantes de la población del estado europeo (3).
La primera era la conformada
por los extranjeros, que gozaban de los derechos a la vida, a la
libertad, al honor y a la propiedad (léase: los derechos fundamentales que
hacen a la dignidad humana = los derechos civiles = los derechos humanos = the
civil rights = the human rights).
La segunda era la de los
ciudadanos que, además de gozar de los derechos civiles, eran titulares de
los derechos políticos pasivos (léase: el derecho a elegir a los
gobernantes).
Y la tercera era la de los
miembros de la nación (léase: los nacionales), que sumaban los derechos
civiles, los derechos políticos pasivos y, además, los derechos
políticos activos (léase: el derecho a ser elegido, para gobernar el
estado).
Por eso, se comenzó a hacer
referencia a los estados nacionales, donde el jefe del estado, era concebido
como el jefe supremo de la nación.
Hasta ahí todo bien, porque la
distinción entre los extranjeros, los ciudadanos y los nacionales parecía
legítimamente fundada en la razón, y sobre esa base filosófica, política
y jurídica, se conformaron los estados nacionales europeos de la primera
mitad del siglo diecinueve (el siglo de la industria).
Sin embargo, lo cierto era que en
la constelación europea, había treinta y nueve estados alemanes (39),
que formaban parte de La Confederación Germánica (léase: La Germania),
con capital en la ciudad de Frankfurt, que querían unirse, para conformar un
solo y único gran estado nacional alemán, contra la voluntad de las
grandes potencias integrantes de la santa alianza, conformada por Rusia,
Escandinavia, Gran Bretaña, Holanda, Francia, España y Portugal.
En otras palabras, el
nacionalismo alemán era una auténtica amenaza para el imperialismo de
las grandes potencias mundiales (léase: un peligro), porque si se permitia la
unificación de esos treinta y nueve estados alemanes (39), surgiría otra
vez La Gran Alemania, y entonces, todos a obedecer, y ese no era
el negocio, después de la destrucción de El Reich en 1815, obvio.
Entonces, lo primerísimo que
tenemos que comprender, es que el nacionalismo alemán era sinónimo, antes que
nada, de anti imperialismo, y después, todo lo
demás.
Pero ahí no termina la cosa, porque
resulta que cuando todos los alemanes comprendieron que el nacionalismo alemán
era anti imperialista, empezó la interna germana, entre los cinco
estados más importantes de La Germania (5), que eran Prusia, Sajonia, Renania,
Baviera y Austria.
En 1848, Austria de separó de la
confederación germánica (léase: la gran germania), y se unió con Hungría, para
formar El Imperio Austro Húngaro (léase: La Gran Austria), con capital en la
ciudad de Viena, gobernado por la última dinastía sacro imperial y católica
apostólica romana de Los Habsburg.
Desde entonces, Prusia, Sajonia,
Renania y Baviera se concibieron a si mismas como las partes componentes de la
que comenzó a ser conocida con el nombre de la pequeña germania
y, en ese contexto pequeño germano (léase: extra austro húngaro),
Sajonia, Renania y Baviera aceptaron el liderazgo económico, diplomático y
militar, es decir, el liderazgo geopolítico de Prusia, dentro de la
confederación germánica (léase: la pequeña germania), a partir de lo cual,
Prusia le puso toda la carne a la parrilla a la idea de convertirse, ella sola,
en una gran potencia militar terrestre, capaz de generar la unión definitiva
de la pequeña germania.
Y vino La Guerra Prusiano-Danesa
(1864). Y vino La Guerra Austro Prusiana (1866). Y vino La Guerra Franco
Prusiana (1870), y en todas la vencedora fue Prusia. Y en 1871, fue instaurado
El Segundo Imperio Alemán (léase: La Pequeña Alemania = La Gran Prusia = Das II
Reich = 1871-1918).
Durante sus cuarenta y siete
años de existencia (47), el II Reich Alemán, promovió La Batalla
Cultural (léase: die kultur kampf), en cuya virtud, la idea del gobierno de
Berlín era que, todo aquel que siendo alemán, no profesara la religión
de los evangelios cristianos (léase: el evagelismo = el luteranismo),
conservaría la ciudadanía alemana, pero no
formaría parte de la nación alemana, y por ende, no tendría derecho a gobernarla.
El problema insoluble para El
Kaiser Guillermo fue que, nada más ni nada menos, su primogénito y heredero al
trono imperial (Guillermo II), no era
luterano, sino más bien, calvinista, y además, cuando fue coronado (1889),
nombró como nuevo primer ministro (léase: el canciller) a un noble renano, que
era ultra católico apostólico romano.
Por eso, durante el reinado de
Guillermo II (1889-1918), La Batalla Cultural comenzó a evolucionar
progresivamente, hacia la nueva idea de que, ser alemán, era ser cris-tia-no, y por ende, no
eran miembros de la nación alemana, quienes profesaran las religiones no
cristianas (léase: el shintoismo, el budismo, el hinduísmo, el islamismo, el
judaísmo y la totalidad de las religiones animistas, fetichistas, paganas o
politeistas).
Bajo esa comprensión, los ciudadanos
alemanes no cristianos, que tenían
garantizados sus derechos civiles y sus derechos políticos pasivos, por
excepción, fueron legalmente equiparados con los nacionales, al solo efecto de
reconocerles los derechos políticos activos, pero sólo en los niveles municipales y
provinciales, de carácter exclusivamente parlamentario, pero no en los niveles estaduales o imperiales.
Por ejemplo, si vos eras un judío
de Düsseldorff, vos tenías garantizados tus derechos civiles, y tus derechos
políticos pasivos, pero además, podías ser elegido para formar parte de los
entes gubernamentales inferiores, de los municipios y de las provincias, pero hasta
ahí, porque para alcanzar el nivel del parlamento y del gobierno imperial
alemán, tu religión yavista, te excluía de la condición de cristiano, y por
ende, no eras miembro de la nación alemana, y no tenías derecho a
formar parte del gobierno del imperio alemán. ¿Stá klarrrren?
Esto es lo que en el mundo entero
(orbis) se conoció con el nombre de el nacionalismo alemán,
a finales del siglo diecinueve (léase: el siglo de la industria).
Y el modelo del nacionalismo alemán
fue cal-ca-do, para construir los argumentos ideológicos de
absolutamente todos y cada uno de los nacionalismos, tanto asiáticos,
como europeos y americanos, durante la primera mitad del siglo veinte
(léase: el siglo de la tecnología).
Consecuentemente, absolutamente todos
los nacionalimos son viceralmente segregacionistas, en el sentido de
que, quién no porta en su sangre, la pertenencia a la patria, a la raza, al
idioma y a la religión de la nación (léase: los factores de la pertenencia
étnica), directamente, no es miembro de la
nación, es decir, no es un nacional, y por
ende, no tiene el derecho de gobernar la
nación, en sus altos estamentos políticos.
Por eso, desde el punto de vista
jurídico, la concepción nacionalista se traduce en la existencia material, en
la constitución formal, en la soberanía interior y en la independencia exterior
de los estados nacionales, como únicos miembros de la
colectividad de las naciones (léase: la comunidad inter-nacional).
En ese contexto, y bajo esa
comprensión, se hace referencia a el ser nacional argentino,
a la nación argentina, a la nacionalidad argentina y al derecho de gobernar el
estado nacional argentino. Right?
Y si me dijeran que estoy muy
equivocado, respondería que veremos,
veremos, y pronto lo sabremos.
[1] La libre
expresión y la segura circulación de la información contenida en el presente
documento se halla jurídicamente garantizada por la Declaración Universal de
los Derechos Humanos de 1948 (Art. 19), la Constitución Nacional de la
República Argentina de 1995 (Art. 14),
la Ley Nacional N° 26.032 de 2005 y el Código Penal de la Nación (Arts.
153 y 155).
[2] Para uno de Los Siete
Grandes Sabios de Grecia (Solón) El
Cisne Negro es un hecho teóricamente posible que todos creen que es
prácticamente improbable, pues si ocurriera sería castastrófico.
[3]
Después de que el imperio
romano adoptara como religión oficial el cristianismo (312 d.C.), se consideró
a si mismo como El Nuevo Israel, y lo mismo sucedió con el sacro imperio (800-1815). La Gran Leitania es la
manera alegórica en que la última dinastía sacro imperial de Los
Hagsburg se refería a la totalidad del viejo continente (Europa). De alguna
manera, la diversidad telúrica, racial, lingüística y religiosa (léase: la
diversidad étnica) que caracterizó al sacro imperio, a lo largo de su
existencia milenaria, hizo que los historiadores concluyeran poniéndole
a su modelo político el nombre de el
sacro imperialismo. Por eso, El
Congreso de Viena de 1815, que decretó la exinción del sacro imperio, fue
considerado en su época, con el fin del sacro imperialismo, y el
paralelo surgimiento de los nacionalismos (ruso, escandinavo, germano, italiano, francés, español y
portugués).
[4]
Ah, por favor, acordate de que
América era parte de España, y que España era parte del sacro imperio, como así
también, que Los Hagsburg fueron la dinastía gobernante en España, desde 1506
hasta 1715. Por ende, las tierras rioplatenses fueron gobernadas durante
los primeros doscientos años de la colonia (200), por la concepción ideológica de el sacro imperialismo
austríaco que, en escencia, es alemán. Right?
[5]
La teluria es la tierra, en
sentido físico. Es el espacio geográfico donde el individuo está situado, en el
momento del nacimiento. Existe una suerte de sentimiento humano, que identifica
a cada persona con el lugar de su propio nacimiento. Ese es el sentimiento
telúrico, y si la teluria es la tierra de los antepasados, entonces es la
tierra de los padres, es decir, la patria, de la que nace el sentimiento
de el amor a la patria (léase: el patriotismo).
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