El Diario Digital de la Historia y de la Geopolítica
Jueves 1° de Noviembre de 2.012.
El Racismo II
Por Rubén Vicente
Todo lo dicho en el artículo precedente lo
explicaron con lujo de detalles Charles Darwing, en su obra titulada con el
nombre de El Origen de las Especies (1859), y Cesare Lombroso, en su obra
titulada con el nombre de El Delincuente Natural (1876).
Pero paralelamente a los estudios científicos
de esos dos grandes sabios del siglo diecienueve (el siglo de la industria), surgieron
visiones políticas, que confundieron el concepto antropológico de la raza (léase: la supervicencia humana a las eras glaciales), con el color
de la piel de los seres humanos (¿¿¿???).
Partiendo de esa idea básica, se apartaron de
las ideas de Darwing y de Lombroso, y no dividieron a los seres humanos en
personas y en bestias, o bien, en seres civilizados o criminales, sino más
bien, diferenciando a los individuos por el color de la piel,
categorizándolos como pertenecientes a la raza negra, a la raza roja, a la raza
amarilla y a la raza blanca, es decir, haciendo referencia a las razas,
sosteniendo que, desde el punto de vista estrictamente político, y más
precisamente, ideológico, la raza blanca es, directamente, la raza
superior, sentando las bases de la ideología decimonónica de el racismo. [3]
Básicamente, el racismo implica el odio a los
negros africanos, a los rojos americanos y a los amarillos asiáticos,
especialmente, cuando viven en paises habitados por una mayoría de población
blanca europea, considerándolos como formando parte de las minorías, no sólo inferiores,
sino además, peligrosas para supremacía política tradicional de la raza
blanca mayoritaria.
Y ese odio racial induce a dos actitudes (2), que son la
moderada de la segregación y la extrema de la discriminación. La
segregación es poner a los no blancos en cuarentena política, como si fueran
portadores de un virus infeccioso casi letal. Y la discriminación es, directamente,
negarles la condición de personas, considerándolos como bestias, en el grado
mínimo del salvajismo, en el intermedio de la ferocidad o en el máximo de la
atrocidad.
La discriminación extrema, es decir, la xenofobia,
implica bregar en pos de que los extranjeros no blancos no ingresen al país, o
que si ingresan, no se radiquen en él, o que si están radicados, se vayan y no
vuelvan.
El paroxismo del racismo es la creencia hinduista en
el orden de las clases sociales cerradas (léase: las castas) que, de
mayor a menor, son la de los sacerdotes (los brahamanes blancos), la de los
guerreros (los chatrias amarillos), la de los mercanderes (los vaisas rojos) y
la de los esclavos (los sudras negros).
En ciertos países, el racismo ha llegado a
determinar la puesta en vigencia de políticas de estado, en cuya virtud los
blancos viven en la metrópolis, mientras los no blancos son compelidos a vivir
en las colonias.
Y en ciertos otros, el racismo es sexual,
estigmatizando a las mujeres por su dondición de tales (léase: la
discriminación de género) y a los que padecen del síndrome de la pederastía,
sea masculina o femenina (léase: los homosexuales y las lesbianas).
Incluso en varias ex colonias, convertidas en
estados independientes, la antigua clase dominante blanca europea, es
políticamente segregada o discriminada, por la nueva mayoría gobernante no
blanca extraeuropea (léase: el racismo inverso = el etnocentrismo).
Por eso, todas las expresiones del racismo
establecen un orden jerárquico, en el cual, la jerarquía superior
corresponde a la raza blanca. La pertenencia a ese grupo racial garantiza el
disfrute de ciertos privilegios políticos.
La Declaración de los Derechos del Hombre y del
Ciudadano de 1789 establece que todo individuo (varón, mujer, niño o anciano)
tiene garantizados, por el sólo hecho de ser hombre, los derechos fundamentales
a la vida, a la libertad, al honor y a propiedad, es decir, los derechos que
hacen a la dignidad humana (los derechos humanos = the human rights = los
derechos civiles = the civil rights).
Pero esa misma declaración le niega los
derechos políticos activos a los no franceses, es decir, a los
extranjeros residentes en Francia, que son ciudadanos, pero no son
miembros de la nación francesa, es decir, que no son franceses.
Y además, esa declaración, les niega la
ciudanía francesa a las mujeres y a los esclavos, considerándolos jurídicamente
incapaces (léase: los alienados = de alieni iuris = los minus válidos = de
capitis diminutio = los discapacitados).
Y la Declaración Universal de los Derechos Humanos
de 1948, le reconoce a todos los seres humanos del mundo entero (orbis) los
derechos civiles a la vida, a la libertad, al honor y a la propiedad (léase:
los derechos civiles = the civil rights = los derechos humanos = the human
rights), pero nada dice sobre los derechos políticos.
Recién con La Convención de las Naciones Unidas
sobre Racismo de 1965, se estableció que los estados miembros de la comunidad
internacional deben comprometerse a eliminar de sus legislaciones internas
toda forma de discriminación racial, pero la misma no dice nada sobre ningún
compromiso de eliminación de la segregación racial, que no es lo mismo, ni
mucho menos, claro está.
Y si me dijeran que estoy muy equivocado,
respondería que veremos, veremos y pronto lo
sabremos.
[1]
La libre expresión y la segura circulación de la información contenida en
el presente documento se halla jurídicamente garantizada por la Declaración
Universal de los Derechos Humanos de 1948 (Art. 19), la Constitución Nacional
de la República Argentina de 1995 (Art. 14),
la Ley Nacional N° 26.032 de 2005 y el Código Penal de la Nación (Arts.
153 y 155).
[2] Para uno de Los Siete Grandes Sabios de
Grecia (Solón) El Cisne Negro es la
alegoría de un hecho que es teóricamente posible, pero que todos creen que es
prácticamente improbable, pues si ocurriera sería catastrófico.
[3] La
política es la ciencia del estado. Los elementos componentes del estado son el
territorio, la población y el gobierno. Pero los factores políticos son tres (3), y son el ideológico, el estratégico y el institucional. Conste.
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