El Diario Digital de la Historia y de la Geopolítica
Jueves 18 de Julio de 2.013.
El Dueño del Pueblo XIII
Por Rubén Vicente
Durante el año 1986, en el
mundo entero (orbis), el oro caía a seiscientos dólares la onza (1OT = U$S 600,00), mientras el precio
de los commodities caía un cuarenta por ciento (-40%).
Consecuentemente, las reservas
monetarias argentinas, constituídas en dólares, valían un treinta y tres
por ciento más (+33%), mientras el
petróleo importado valía cuarenta por ciento menos (-40%), pero las carnes y los cereales argentinos se vendían a un cuarenta
por ciento menos (-40%).
De esa manera, las
importaciones equibraban a las exportaciones, mientras que en el mercado
interno, la revalorización del austral generaba la tendencia hacia la recesión
y al desempleo. Right?
Por eso, Sourrouille le ordenó
a Machinea imprimir sin respaldo un treinta y tres por ciento de la base
monetaria (+33%), causando una inflación y una carestía proporcional (léase: +33%); pero dando la sensación fic-ti-cia de plata fresca, de
crédito interno, de inversión privada vernácula, de empleo, de producción, de
ventas, de exportaciones y de bienestar social.
La tasa de cambio se estableció
en un austral por dólar (U$S 1,00 = A 1,00 – 1:1). Paralelamente, se empezó a operar la reforma financiera,
en cuya virtud sobrevendría un proceso de la concentración de las
entidades del sistema bancario, bursatil y privisional, quedando el veinticinco
por ciento de las existentes (25%).
Entonces, no sólo teníamos una
moneda relativamente sana, aunque no tan fuerte como al principio del plan
austral, sino también, íbamos hacia un sector financiero racionalizado, y más
fuerte que el anterior, bajo la impronta de el neoliberalismo monetarista,
no jodamos.
Siendo así, la idea era avanzar
en las reformas fiscal, administrativa, económica y social, para que La
Argentina estuviera en condiciones de ser tenida por el mundo entero (orbis)
como la república recuperada, pero de verdad.
Sin embargo, se ve que había
gente que no
entendía qué era lo que estaba sucediendo en el país, porque resulta que,
invocando La Ley Mucci (léase: la desperonización gremial), La CGT decretó
otros tres paros generales, de alcance nacional, por veinticuatro
horas (24), y ya iban siete (7).
Sin embargo, Alfonsín no
aflojaba, y viajó a La Unión Soviética, pactando con Gorvachov, nada más ni
nada menos, que la instalación en La Argentina de empresas soviéticas del rubro
de la infraestructura (léase: la minería, la energía, los transportes y las
comunicaciones). ¿Y los yankis?
Nada, porque Alfonsín hizo que
México, Venezuela, Colombia y Panamá (léase: El Grupo Contadora), más La
Argentina, Uruguay, Paraguay, Bolivia, Chile, Perú, Ecuador y Brasil (léase: El
Grupo de Apoyo a Contadora), se unieran, para firmar La Declaración de
Guatemala, en cuya virtud, las naciones de América Latina se comprometieron
formalmente a contribuir, en la medida de sus posibilidades, a fortalecer y a
consolidar la paz y la democracia en América Central, pero también, a apoyar el
reclamo de la soberanía argentina sobre Las Malvinas.
Entonces, la cosa era que éramos
más amigos de Rusia que Videla, y encima, le cagábamos a la CIA el negocio
de venderle armas a los bandos centroamericanos en pugna (léase: La Operación
´Irán Contras´). Ups.
Bajo esa comprensión, quedaba
claro quién estaba fogoneando los otros tres paros generales, de alcance
nacional, por veinticuatro horas (24), que organizó La CGT, y ya iban diez
(10).
Pero a Alfonsín no le
importaba, porque de puro contento nomás, salió de decirle al pueblo que había
que trasladar la capital federal a El Complejo Viedma-Carmen de
Patagones-Guardia Mitre, bajo el lema de que vamos al sur, al frio y al mar, lo
cual, a los EEUU y a Gran Bretaña les hacía cada vez menos gracia, por cierto.
Y en ese momento, en que el
pueblo argentino estaba reecontrándose con la senda de la paz, desde el seno
mismo del oficialismo, apoyado por las organizaciones defensoras de los
derechos humanos y por los partido políticos de izquierda (léase: el
progresismo), empezó a meter basa, nada más ni nada menos, que la doctrina de el garantismo (léase: el
anarquismo jurídico = la pedorrada), que lamentablemente, no para hasta el día
de la fecha.
Y el primer acto fue la sanción
de la ley de la derogación de la pena de muerte en el código de justicia
militar, seguida por la ley de la reforma del código procesal criminal y
correccional federal, instaurando el sistema del dos por uno, en cuya
virtud, por cada día de prisión preventiva, se computarían dos días de condena,
con lo cual, en la práctica, las condenas se reducían a la mitad (-50%).
Desde entonces, las cárceles
comenzaron a vaciarse, y dejar de ser mantenidas en condiciones de seguridad,
de moralidad, y de salubridad, comenzando a aparecer casos de homosexualidad,
de lesbianismo y de sida, mientras los barrios de emergencia (léase: las villa
miseria), empezaban a sobrepoblarse con hampones, de sidosos, de putos y de
tortilleras, no se sí …
Ese fue el momento en que
Alfonsín, viendo que el descontento de los militares podía provocar un nuevo
golpe de estado, que hiciera estallar de nuevo la tercera guerra civil
argentina (1955-1983), bajó un cambio, y promovió la sanción de La Ley del
Punto Final, en cuya virtud, quienes se creyeren damnificados por las
violaciones a los derechos humanos, perpetradas por la dictadura militar,
tendrían el derecho a iniciar acciones judiciales, pero durante los siguientes sesenta
días, contados a partir de la entrada en vigencia de la norma (60).
Dicha ley alfonsinista fue
agriamente criticada por las organizaciones, sociales y políticas, defensoras
de los derechos humanos y/o partidarias de las ideologías de izquierda (léase:
el anarquismo, el socialismo y el comunismo), dejando al radicalismo posicionado
entre las facciones de los militares nazis ortodoxos, y de la zurda
trasnochada.
Pero no importaba, porque
Alfonsín se fue a España, para recibir el doctorado honoris causae en
jurisprudencia, poro también, El Premio Príncipe de Astúrias, por su contribución
a la occidentalización de La Argentina.
Y si me dijeran que estoy muy
equivocado, respondería que veremos, veremos y pronto lo sabremos.
[1] La libre
expresión y la segura circulación de la información contenida en el presente
documento se halla jurídicamente garantizada por la Declaración Universal de
los Derechos Humanos de 1948 (Art. 19), la Constitución Nacional de la
República Argentina de 1995 (Art. 14),
la Ley Nacional N° 26.032 de 2005 y el Código Penal de la Nación (Arts.
153 y 155).
[2] Para uno de Los Siete
Grandes Sabios de Grecia (Solón) El
Cisne Negro es un hecho teóricamente posible que todos creen que es
prácticamente improbable, pues si ocurriera sería castastrófico.
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