El Diario Digital de la Historia y de la Geopolítica
Viernes 5 de Julio de 2.013.
Será Justicia
Por Rubén Vicente
La
civilización de basa en la ética, en la moral, en la política, en la religión y
en el derecho. La ética es el deber ser individual. La moral es el deber ser
interindividual en un ámbito grupal. La política es el deber ser integrupal en
un ámbito territorial, poblacional y gubernamental, es decir, estatal. La
religión es el deber interestatal según la voluntad del supremo gobernante y
creador del universo. Y el derecho es el deber ser cuando no se cumplen los
preceptos éticos, morales, políticos o religiosos. Por lo menos, así funciona
en la práctica la cosa, desde los romanos para adelante. ¿Me concedés eso, aun que más no
sea, provisionalmente?¡Gracias!
Así
concebida la civilización, en realidad, su única pauta general es el
derecho, de modo tal que hay una ética permitida, una moral permitida, una
política permitida y una religión permitida, justamente, por el derecho legítimo,
válido, vigente y eficaz, es decir, por lo que se conoce con el nombre de
el orden jurídico.
De
esa manera, toda la conducta, sea individual, grupal, intergrupal, interestatal,
o de toda la humanidad respecto de la divinidad, está regulada por el orden
jurídico. Esa es la idea, o por lo menos, esa es mi idea, de lo que es la
civilización, acá y en La China, desde Adán y Eva, hasta ahora mismo.
Y
el orden jurídico se nos presenta bajo la forma de reglas de conducta que son
dobles, es decir, bajo la forma binaria de las normas, integradas por una regla
prescriptiva, que dice lo que hay que hacer, o no hacer, y de otra regla
sancionatoria, que dice lo que hay que hacer, cuando no se cumple o no se
verifica la regla prescriptiva.
Prescripciones
y sanciones. Reglas de conducta binarias. Normas. De eso se compone el orden
juríco, es decir, de normas, y nada más que de normas. Y por eso, el orden
jurídico es el conjunto universal de absolutamente todas y cada una de las
normas, habidas y por haber, y nada más. Y, finalmente, la disciplina del
conocimiento humano que se vincula con el orden jurídico recibe el nombre
técnico de la prudencia jurídica (léase: la jurisprudencia).
Por
eso, ser doctor en jurisprudencia es lo más, cuando se habla de derecho, porque
el que alcanza el grado de doctor en jurisprudencia, sabe las leyes, los
decretos y los fallos, pasados, presentes y futuros, del lugar del mundo que
sea; porque comprende algo que se conoce con el nombre de los principios
fundamentales del derecho. ¿Está?
Y
si, porque los doctores en derecho, tienen metidos en el alma, los principios fundamentales
del derecho, y bajo esa comprensión, niguna situación fáctica, por
extraña que sea, escapa a la posibilidad de encuadrarla jurídicamente, justamente,
para decir si la misma se ajusta o no se ajusta a derecho.
Y
yo digo que no
sea ajusta a derecho, que el jefe del estado de un país determinado, le de la
orden a un organismo internacional de alcance regional, de determinar la
conducta de los gobiernos de sus estados miembros; en el sentido de prohibir el
tránsito, por sus respectivos espacios aéreos, de una aeronave de propiedad pública,
afectada al transporte del jefe de estado de un país que, según la norma
general que rige al mundo, que es la carta de las naciones unidas, goza de
inmunidad diplomática, con fundamento en los principios fundamentales de la
igualdad soberana de los estados, y de la no ingerencia de un estado en los
asuntos internos de otros estados.
Dicho
en castellano. Obama no le puede ordenar a la UE que le prohiba a Evo Morales,
volar de Moscú a La Paz, pasando por los espacios aéreos suscesivos de Rusia,
Bielorrusia, Hungría, Austria, Suiza, Francia, España y Portugal.
A
la luz del orden jurídico vigente, esa decisión, tomada en la soledad del salón
oval, no es otra cosa que un liso, llano y flagrante abuso de poder, que
se pasa por el medio de culo absolutamente todo el derecho internacional,
mansillando no sólo las atribuciones soberanas de Evo Morales y la dignidad de
la nación boliviana, sino también, haciendo exactamente lo mismo, con las
atribuciones soberanas y con la dignidad de las veinticinco naciones
integrantes de la UE.
Digo,
ese abuso de poder, legitima toda conducta que, proporcionalmente, esté
enderezada a neutralizarlo o a retaliarlo, como sería el caso de que los jefes
de estado o de gobierno, de los estados miembros de la comunidad de los estados
latinoamericanos y caribeños (CELAC), tomen la decisión de prohibir, en
lo sucesivo, el paso de Obama por el espacio aéreo hemisférico, extracanadiense
y extraestadounidense. Right?
Y
la verdad, es que a mi no me importa lo que haga la UE, que al fin y al cabo,
no es otra cosa que la colonia voluntaria de los EEUU. Pero si me
importaría que las naciones de la CELAC, hagan lo que pueden hacer, que es
decirle que no
al maldito abuso de poder de la prepotencia imperialista.
Total,
esa medida simbólica, durará lo que dure Obama en La Casa Blanca, y le dejaría
claro al mundo entero (orbis, que los latinoamericanos y los caribeños no somos
pastelitos, que se comen con sólo abrir la boca.
Digo,
tenemos que dejarnos de joder y ponernos las pilas, aprovechando esa minucia,
para molestar como un tábano al elefante, pero ajustando nuestra conducta, justamente,
a derecho, no sé si…
Y
por eso digo que será justicia.
Right?
Y
si me dijeran que estoy muy equivocado, respondería que veremos, veremos y pronto lo
sabremos.
[1] La libre expresión y la segura circulación de la
información contenida en el presente documento se halla jurídicamente
garantizada por la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 (Art.
19), la Constitución Nacional de la República Argentina de 1995 (Art. 14), la Ley Nacional N° 26.032 de 2005 y el Código
Penal de la Nación (Arts. 153 y 155).
[2] Para uno
de Los Siete Grandes Sabios de Grecia (Solón) El Cisne Negro es un hecho teóricamente posible que todos creen que
es prácticamente improbable, pues si ocurriera sería castastrófico.
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