sábado, 30 de marzo de 2013

540 Geopolítica (Argentina)




Año II – Primera Edición – Editorial: 00000540 [1]

El Cisne Negro [2]
El Diario Digital de la Historia y de la Geopolítica
Sábado 30 de Marzo de 2.013.


 

Peor Que La Enfermedad
Por Rubén Vicente

Raúl Salinas es un amigo mío de Facebook, que es obviamente kirchnerista. El domingo dieciete de marzo, él subió a su muro un artículo periodístico vinculado con la primera mujer que forma parte del grupo de elite de La Prefectura Naval Argentina (léase: Los Albatros). Lo leí y me gustó, pero me interesé por otro artículo relacionado, escrito por Mariana Carbajal, titulado con el nombre de El Acoso Sexual de Uniforme.

Antes que nada, quiero decir que, con todos sus errores y sus horrores, la obra de gobierno del kirchnerismo, en términos de democratización de las fuerzas armadas y de seguridad, me parece básicamente po-si-ti-va. Right?

Y me gusta que esa política de estado kirchnerista implique respetar y hacer respetar la dignidad humana de la mujer que profesa la vocación por el servicio público en las fuerzas de seguridad.

Creo que está bueno que todos nos enteremos de que se están haciendo encuestas entre el personal de las fuerzas de seguridad de ambos sexos, que sean anónimas, y en las que sean preguntados acerca de si sufrieron alguna clase de violencia sexual.

Dice la periodista que el informe fue publicado por el ministerio de seguridad de la nación (Nilda Garré) y digo yo que del mismo surge que, en promedio, el doce coma dos por ciento del personal femenino ha padecido alguna clase de violencia sexual no especificada (12,2%).

De ese total, la periodista aclara que el ochenta y ocho coma cinco por ciento de las agresiones (88,5%), “… van desde insunuaciones verbales o físícas …” (sic).

Y ahí me paro, en las insinuaciones verbales, porque después sigue con casos supuestamente más graves, como los masoneos o, directamente, las violaciones.

Y finaliza diciendo que lo más grave es que, de la totalidad de las agredidas, sólo formularon la denuncia el ocho por ciento (8%), haciendo hincapié en El Caso Federman, que antes se calificaba como conducta impropia de un jefe, y que ahora es falta grave, pasible de exhoneración, y de remisión del sumario administrativo a la justicia ordinaria, bajo el cargo criminal de abuso sexual.

Y vuelvo a lo que me interesa, que es que el 88,5% “… van desde insinuaciones verbales o físicas …” (sic).

A ver. Si enviarle mensajes de texto a una subordinada, durante cinco años (5), es falta grave, yo me pregunto qué serán las insinuaciones verbales, y qué serán las insinuaciones físicas, que las ponen juntas en una misma categoría que, evidentemente, no son demostrables, o son dificilmente demostrables.

El tema de las insinuaciones verbales  en la esfera laboral me interesa, porque yo fui sumariante en Gas del Estado, y me tocó un caso de acoso sexual en Mendoza, donde tres empleadas de la sucursal, denunciaron al médico laboral, que les hacía tactos vaginales que duraban nunca menos de diez minutos (sic), no sé si …

Las tres prestaron declaración ante personal femenino bajo mi dependencia, y obviamente, el médico fue echado de la empresa, y pasadas las actuaciones sumariales a la justicia criminal y correccional federal mendocina, bajo el cargo de abuso deshonesto, que es como se llamaba en aquel entonces el delito, porque en sede administrativa, el principio no escrito es al revés que en sede judicial, porque el agente sumariado es cul-pa-ble, hasta que él demuestre lo contario (léase: la inversión de la carga de la prueba).

Meses más tarde, nos enteramos de que el médico había sido sobreseido, por insuficiencia de pruebas, siendo contrariamente procesadas las denunciantes, bajo los cargos criminales de falsa denuncia, en concurso real con injurias, calumnias y difamación. Right?

¿Y saben qué? Gas del Estado Sociedad del Estado lo tubo que indemnizar, y tuvimos que reintegrarlo a su puesto de trabajo, y ya reinvindicado su honor, el médico renunció a la empresa, y nunca más supimos de él. ¡Ah, mirá vos¡

Y si, porque el juzgado reunió una serie de indicios graves, precisos y concordantes (léase: la presunción de culpabilidad = la semi plena prueba de responsabilidad criminal), de que una de las denunciantes, había sido la amante del médico denunciado desde hacía siete años (7), que fue denunciado por despecho, porque no quería separse de su mujer ni abandonar a sus hijos, para irse a vivir con ella.

Y las otras dos compañeras y amigas de la susodicha, sencillamente, la ayudaron a vengarse de ese hombre malo, que a ellas dos, jamás las trató por otra cosa que no fuera un resfrío o una gripe. ¡Qué tres turras, por favor¡

Digo, las estadísticas están muy lindas, y la intención de democratizar las fuezas de seguridad de la nación está buena, pero no perdamos el sentido común, que es el menos común de todos los sentidos, y cerciorémonos de que estamos haciendo las cosas bien. No sea cosa que el remedio sea peor que la enfermedad.

Y si me dijeran que estoy muy equivocado, respondería que veremos, veremos y pronto lo sabremos.

Final del formulario



[1] La libre expresión y la segura circulación de la información contenida en el presente documento se halla jurídicamente garantizada por la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 (Art. 19), la Constitución Nacional de la República Argentina de 1995 (Art. 14),  la Ley Nacional N° 26.032 de 2005 y el Código Penal de la Nación (Arts. 153 y 155).

[2] Para uno de Los Siete Grandes Sabios de Grecia (Solón) El Cisne Negro es un hecho teóricamente posible que todos creen que es prácticamente improbable, pues si ocurriera sería castastrófico.

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