El
Cisne Negro [2]
El Diario Digital de la Historia y de la Geopolítica
Jueves
28 de Marzo de 2.013.
La Suerte Negra
Por Rubén
Vicente
Ella era de la tribu de los agricultores (léase: los
tutsis), que gobernaban Ruanda como herederos de Idi Amín, y parece que no pudo
zafar de las amenazas de los guerrilleros que, después del gobierno del
presidente boxeador, obligaban a todos a enrolarse en sus filas, o te pasaban a
degüello sin dudarlo.
Ochenta mil muertos en tres semanas dejó la guerra
civil ruandesa de los noventa (80.000),
provocando el genocidio del setenta y cinco por ciento de la tribu
enemiga de los pastores (léase: los hutus).
Intervinieron las naciones unidas, que enviaron una
fuerza de paz, que separó a los bandos en pugna, y promovieron un alto el
fuego, para negociar cómo seguiría la cosa.
Y en medio de semejante quilombazo, una guerrillera
tutsi cruzó la frontera y nunca más volvió, apareciendo varios años más tarde
en La Haya, donde trabajaba como inmigrante ilegal, en tareas de limpieza de
oficinas (léase: la sirvienta indocumentada).
Alguna cagada se debe haber mandado la negra, porque
resulta que, justo en ese momento, pasaban vía You Tube unos videos, que la
mostraban arengado a la tropa bajo su mando, para que salieran a matar a todos,
pero a todos. ¿Me entendés?
Y otra negra, de una ong holandesa, que seguro que
la tenía entre ojos, la denunció por genocidio, y la juzgaron, y la condenaron
a varios años de prisión (sic), en Holanda, donde la mujer no había
hecho otra cosa que haber ingresado ilegalmente al país, sin documentos, y
haber trabajado para vivir sin joder a nadie. ¿Cómo?
Si, como lo eschuchás. Porque dicen que con su caso,
la justicia del país de los molinos de viento estrenó su nuevo criterio de la jurisdicción universal (sic).
Parece que se aplica en casos de genocidio,
declarado como tal por las naciones unidas, y cualquier tribunal del mundo
tiene jurisdicción para conocer y decidir sobre la suerte de los sospechosos,
sin necesidad de que sean extraditados a su país de origen, para su
juzgamiento, justamente, por la justicia de su país de origen, como debe ser,
porque desde la noche de los tiempos, el crimen lo juzga el juez del lugar
en que se cometió (léase: locus regit actio). ¿Esta?
Si la grone hubiera entrado por derecha, con
doscientos palos verdes para depositarlos a su nombre en algún banco de
Rotterdam, te puedo asegurar que ni Máxima la hubiera tocado. Pero como no
tenía ni un euro, la cagaron mal. Así de pedorro es el nuevo derecho
internacional que supimos conseguir.
Por eso digo la suerte negra.
¿Me
explico?
Y si me dijeran que estoy muy equivocado,
respondería que veremos, veremos y pronto lo sabremos.
[1] La libre expresión y la segura circulación de la información contenida en
el presente documento se halla jurídicamente garantizada por la Declaración
Universal de los Derechos Humanos de 1948 (Art. 19), la Constitución Nacional
de la República Argentina de 1995 (Art. 14),
la Ley Nacional N° 26.032 de 2005 y el Código Penal de la Nación (Arts.
153 y 155).
[2] Para uno de Los Siete Grandes Sabios de Grecia
(Solón) El Cisne Negro es un hecho
teóricamente posible que todos creen que es prácticamente improbable, pues si
ocurriera sería castastrófico.
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