miércoles, 28 de agosto de 2013

671 Historia (Argentina)

Año III – Primera Edición – Editorial: 000000671 [1]

 
El Cisne Negro [2]
El Diario Digital de la Historia y de la Geopolítica
Miércoles 28 de Agosto de 2.013.




La Guerra Por La Supervivencia XVIII
Por Rubén Vicente 

Nadie sabía absolutamente nada ni se lo imaginaba, pero lo cierto era que en el mes de julio de 1993, su excelencia, el señor ex ministro masón-radical de la nación, Dr. Dn. Enrique Nosiglia (a) El Coti (44), y su excelencia, el señor ministro francmasón-justicialista de la nación, Dr. Dn. Carlos Federico Ruckauf (a) Rucucu (49), se empezaron a juntar a tomar café y a pensar juntos. 

Era como que se juntaban el hambre con las ganas de comer, porque los dos no daban puntada sin hilo, y eran perfectamente capaces de fumar abajo del agua, porque entre ellos, el que no corre vuela, no se sí … 

Y acordaron en que sería bueno que el presidente, Menem o el que fuera, descargara todas las responsabilidades de menor cuantía, derivadas de la jefatura de estado de la nación, en el jefe de gabinete (léase: el jefe del gobierno = el primer ministro), dejándole al jefe del estado todo lo vinculado con puertas afuera (léase: extramuros) y al primer ministro todo lo relacionado con puertas adentro (léase: intramuros). 

Todo el gabinete nacional dependería orgánicamente del jefe de gabinete, que dependería del jefe del estado, haciendo que el presidente de la nación reine pero no gobierne, es decir, sin asumir las responsabilidades por las decisiones que tomara, porque el que pondría la cara ante el parlamento y ante la justicia sería el primer ministro, y nada más (léase: el sistema francés). 

Bajo esa comprensión, los sucesores naturales del presidente serían el vicepresidente o el primer ministro. Right? 

Otra cosa en la que se pusieron de acuerdo Nosiglia y Ruckauf fue que la legislatura cada provincia argentina tendría que nombrar  el tercer senador, de modo tal que las elecciones le otorgaran dos senadores al partido que ganara (2) y un senador al partido que perdiera (1), porque fuera del justicialismo y del radicalismo, el resto no existía, obvio. 

Bajo esa comprensión, la aplanadora menemista no dejaría afuera del sistema del bipartidismo argentino al radicalismo, a quien era más que obvio que el pueblo argentino no perdonaría jámás el default de mil novecientos ochenta y nueve (léase: la hiper), aunque estuviera claro que los radicales no tuvieron absolutamente nada que ver con esa desgracia. ¿Verdad? [3] 

Otra cosa en la que se pusieron de acuerdo Nosiglia y Ruckauf era que resultaba imperativo terminar con la corrupción y con la inseguridad, que ya eran sistémicas, y para ello, nada mejor que terminar con el anarquismo jurídico (léase: el garantismo = el pedorrismo judicial), haciendo cuatro cosas (4). 

La primera era proceder a la reforma judicial, mediante la creación de el consejo de la magistratura, que sería el que le pone el cascabel al gato, porque la idea era que ese nuevo ente seleccionara a los magistrados antes de que el poder ejecutivo los nombrara y el parlamento los convalidara, o que los destituyera si hacían demasiadas cagadas, administrando el procedimiento del juicio político. 

Y la segunda era incorporar al texto de la ley fundamental, nada más ni nada menos, que El Pacto de San José de Costa Rica, es decir, la carta hemisférica de los derechos humanos, que reforzaría las garantías estatutarias de nuestra constitución nacional, pero sin permitir la sinrazón hermeneútica de los fallos judiciales, del entra por una puerta y sale por la otra (léase: el garantismo). Righ? 

La tercera era declarar la definitiva victoria del hombre blanco (léase: el huinca) en el proceso de conquista, colonización, evangelización e institucionalización del nuevo mundo (léase: la redención), pero reconociéndole derechos a las comunidades todavía existentes de los pueblos originarios (léase: los aborígenes = los indios = las tribus), pero sólo en tanto y en cuanto mantuvieran la identidad telúrica, racial, lingüística y religiosa (léase: la pureza étnica), y no si se mezclaran con gentes de otras razas, o si dejaran de vivir en sus comunidades ancestrales. ¿Stá klarren? 

Y la cuarta era llevar la cantidad de ministros integrantes de la corte suprema de justicia de la nación (5), a nueve miembros (9). 

Finalmente, Nosiglia y Ruckauf se pusieron de acuerdo en acortar el mandato presidencial, llevándolo de seis años (6) a cuatro años (4), con una reelección (1), sin dejar que el presidente reelecto planteara luego su candidatura a la vicepresidencia de la república recuperada (léase: cuatro años más de menemisno y no se estira). Right? 

Y mientras Nosiglia y Ruckauf terminaban de negociar esas cosas, llegaron las elecciones parlamentarias de 1993, donde la victoria del justicialismo fue, directamente, a-bru-ma-do-ra, convalidando la gestión menemista por segunda vez, y dejando claro que el justicalismo de mercado era una verdad sin cuento, igual que el justicialismo ortodoxo (léase: el peronismo). 

No. Digo esto porque hay gente que dice que el menemisno no es justicialismo, sino neoliberalismo, sin darse cuenta de que el menenmismo, es el justicialismo de derecha, y que el peronismo, es el justicialismo de izquierda. [4] 

Y el catorce de noviembre de 1993, Menem y Alfonsín firmaron El Pacto de Olivos, dejando a todos, pero a todos, con el traste mirando hacia el polo boreal. 

Pero nada, porque ya los dos presidentes de la república recuperada lo tenían todo decidido, y aunque los radicales se enfrascaran en tan cesudos como pedorros debates intrapartidarios, tuvieron que apoyar el pacto con el peronismo, y el justicialismo, siempre más disciplinado tras el liderazgo del jefe (léase: el fuhrer), le dijo si a Menem y al justicialismo de mercado (léase: el menemismo). ¿Verdad? 

Y en diciembre, mediante un plebiscito, en pueblo argentino convalidó el pacto de olivos (léase: la reforma constitucional), y nada más, claro está. 

Y si me dijeran que estoy muy equivocado, respondería que veremos, veremos y pronto lo sabremos.

[1] La libre expresión y la segura circulación de la información contenida en el presente documento se halla jurídicamente garantizada por la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 (Art. 19), la Constitución Nacional de la República Argentina de 1995 (Art. 14),  la Ley Nacional N° 26.032 de 2005 y el Código Penal de la Nación (Arts. 153 y 155).
 
[2] Para uno de Los Siete Grandes Sabios de Grecia (Solón) El Cisne Negro es un hecho teóricamente posible que todos creen que es prácticamente improbable, pues si ocurriera sería castastrófico.
 
[3] Véase El Cisne Negro – Editoriales 628 a 649).
 
[4] Después, el peronismo quedaría ubicado en el centro del espectro político del justicialismo, con el surgimiento del justicialismo de izquierda (léase: el kirchnerismo), pero para eso, faltaba bastante. ¿Verdad?

No hay comentarios:

Publicar un comentario